El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley que incluye entre otros temas la prórroga de los ERTEs desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo.
Los trabajadores afectados por un ERTE mantendrán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora.
Se mantienen los esquemas de ERTE aprobados el pasado mes de septiembre:
- El nuevo Real Decreto-ley contempla la prórroga de todos los ERTEs basados en causas relacionadas con la COVID 19.
- Los ERTE de impedimento de la actividad por restricciones (cierre total), que implican hasta el 100% de exoneración.
- Los ERTE de limitación de actividad (sectores con actividad limitada por decisiones), con exoneraciones decrecientes desde el 100%
Trámites simples:
Las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o limitación, pueden pasar de uno a otro para acceder a las exoneraciones. Bastará con que comuniquen a la autoridad laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que es titular, y a la representación de las personas trabajadoras, para acceder a los beneficios. Tampoco será necesario que remitan una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.
Ampliación de la información sobre los ERTEs en el siguiente enlace de La Moncloa.