El pasado 23 de diciembre el BOE publicaba las medidas urgentes de apoyo al sector turístico, hostelería y comercio al por menor. Desde Ancera queremos destacar aquellos puntos que afectan a nuestro sector:
Medidas para fomentar el consumo
En colaboración con la Cámara de Comercio de España, y con el objetivo de contribuir a la sostenibilidad del comercio minorista, se está desarrollando una campaña de publicidad en medios con el lema “Levantar una persiana, es construir un país”, para poner en valor el comercio. Esta campaña está financiada con fondos europeos y es un llamamiento a los ciudadanos para que apoyen día a día el sector comercial -desde el pequeño comercio de barrio, las grandes superficies hasta el comercio ambulante-. Con las máximas garantías de calidad, seguridad y la tradicional profesionalidad y cercanía de los comerciantes.
Esta iniciativa se acompañará de una campaña contra las falsificaciones.
Medidas para reducir los gastos fijos de arrendamiento
Ni la Ley de Arrendamientos ni el Código Civil prevén el impacto de una situación como la actual. Estas medidas únicamente se aplicarán en aquellos casos en los que no existan pactos entre particulares, y si el arrendatario es Pyme o Autónomo.
- En el caso de locales comerciales propiedad de grandes tenedores: Quita del 50%, (durante estado de alarma más 4 meses) o alternativamente un aplazamiento del pago de la renta hasta cuatro meses después de la finalización del estado de alarma, a pagar en 2 años.
- En el caso de locales comerciales propiedad de pequeños arrendadores, éstos tendrán un incentivo fiscal en el IRPF para los de locales comerciales por la cuantía de la rebaja de la renta acordada con su arrendatario durante el primer trimestre de 2021: se permite computar como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario la cuantía de la rebaja de la renta acordada durante tales meses.
Medidas de liquidez y solvencia
- Ampliación en la carencia de los préstamos avalados por las líneas ICO y por las sociedades de garantía recíproca de las distintas comunidades autónomas con reafianzamiento de CERSA, así como de su periodo de amortización. En concreto, se instrumentó la ampliación por un año adicional de la carencia para la devolución de los prestamos ICO, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses, y de los avales de las SGR con reafianzamiento de CERSA, así como del periodo de amortización, en un máximo de 3 años, sin poder superar los 8 años el vencimiento total de la operación.
Medidas tributarias
- Ampliación del aplazamiento de deudas tributarias que se reguló por el Real Decreto-ley 7/2020, que permite aplazar durante 6 meses, con 3 de carencia de intereses, previa solicitud, deudas tributarias correspondientes a declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021 ,ambos inclusive, de modo que en lugar de ingresar en abril se ingresarían las deudas en octubre.
- IRPF: Aumentar la reducción en la tributación por el sistema de módulos en el IRPF del 5% actual al 20% con carácter general para el año 2020. Además, en el caso de la hostelería, el comercio y el turismoAutomóvil destinado al transporte de personas que tenga por lo menos cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor ocho plazas como máximo., esa reducción en la tributación por módulos llegará al 35% (como es en el recambio al por menor). Esta medida se aplicará para el cuarto pago fraccionado de 2020 y para el primer pago de 2021.
«Reducción del 35% del IVA para el comercio al por menos de recambios»
- IVA: las reducciones del 20% con carácter general y del 35% para el turismo, la hostelería y el comercio (al por menor de recambiosSon los productos que deben instalarse en un vehículo para sustituir a sus piezas originales, incluidos los productos necesarios para el uso del vehículo, a excepción del combustible.), también se aplicarán en la tributación del régimen simplificado del IVA correspondiente a la cuota devengada de 2020 y a la primera cuota trimestral de 2021.
- Otras medidas tributarias es la reducción del número de períodos impositivos afectados por la renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF; la exención prevista para las retribuciones en especie del servicio de comedor de empresa, aplicable el consumo de comida tanto en delivery como take away; la deducibilidad de pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores y la reducción del plazo que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro.
Medidas en el ámbito laboral y de seguridad social
- Se incluye dentro de las actividades hiperprotegidas en el esquema de ERTEs del RDL 30/2020 a cinco nuevas actividades, entre ellas comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y puestos de comidas y establecimientos de bebidas. Esta medida se aplica los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021 y su prorroga se determinará en el nuevo acuerdo social que se está negociando con sindicatos y patronal para el conjunto de sectores protegidos por los ERTEExpediente de regulación temporal de empleo. Procedimiento para la suspensión del contrato de trabajo o la reducción de la jornada labora, de forma temporal. Pueden ser por fuerza mayor o por causas económica, técnicas, organizativas o productivas.....
- Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se trata de una extensión de la medida adoptada en el RDL 11/2020. Esta medida se ha incluido en la Ley de PGE 2021 y se podrán beneficiar empresas (cuotas devengadas entre diciembre de 2020 y febrero de 2021) y autónomos (cuotas devengadas entre los meses de enero a marzo de 2021). El tipo de interés de los aplazamientos será del 0,5%.
- Bonificación cuotas Seguridad Social: las empresas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, comercio y hostelería, podrán aplicar una bonificación del 50% de las cuotas a la Seguridad Social para la contratación de fijos discontinuos de abril a octubre de 2021.