La nueva ley de las placas de matrículas entró en vigor el pasado 2 de enero el Real Decreto 885/2020 que regula el régimen de responsabilidad de los fabricantes y distribuidores en cuanto al cumplimiento de las especificaciones técnicas que han de cumplir todas las matrículas para vehículos a motor que vayan a circular en el territorio español.
¿Cuáles son los principales cambios?
- Auto certificación del fabricanteUna persona física o jurídica que es responsable de todos los aspectos de la homologación de tipo de un vehículo, un sistema, un componente o una unidad técnica independiente, de la homologación de un vehículo individual o del proceso de..., el cual ya no homologa las placas de matrículaPlaca identificativa exterior compuesta por una serie de números y letras que deben llevar los vehículos como condición previa a su circulación. La primera matrícula de coche nació en Francia, en 1893, tras la Ordenanza de París. De esta manera,..., sino que emitirá un auto certificado.
- El registro será digital: los manipuladores (en este caso los distribuidores que imprimen y comercializan la placa) deben llevar un registro informático de las placas de matrículas de forma telemática al Registro General de la DGTSiglas de la Dirección General de Tráfico.. Dispondremos de un año para adaptarnos al registro digital. Deberá constar:
- Fecha y cantidad de placas suministradas.
- Datos del vehículoAparato apto para circular por las vías o terrenos a los que se refiere Ley Sobre Tráfico Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial. en el que se va a instalar la placa de matrículaPlaca identificativa exterior compuesta por una serie de números y letras que deben llevar los vehículos como condición previa a su circulación. (matrícula, número VINNúmero de chasis o bastidor, denominado internacionalmente Vehicle Identification Number (VIN) es una secuencia de dígitos que identifica los vehículos de motor de cualquier tipo., marca, modelo…).
- Nombre y apellidos o razón social, DNI/NIF del solicitante de la placa.
- Fabricante de la placa y número de manipulador grabado sobre la misma.
- Observaciones (en caso que el cambio de placa se produzca por robo o extravío, se deberá dejar constancia de este hecho).
- El fabricante nos dará de alta/baja como manipuladores ante el Registro de la DGT.
- Hasta que no nos haya gestionado el alta como manipuladores en la DGT, no podremos manipular ninguna placa de matrícula.
- Si se produce la baja del manipulador, el fabricante debe asegurarse de que los equiposLos productos, distintos de las piezas, que pueden añadirse o instalarse en un vehículo. y materiales que nos ha suministrado, no puedan seguirse usando ni por el manipulador ni por terceros. Es recomendable solicitar un recibo de devolución de equipos, firmado y sellado por el fabricante.
- Las características técnicas de la matrícula son responsabilidad del fabricante. Asimismo, se autoriza un apéndice inferior a la placa para la publicidad y se permiten los fondos de diseño sin formas concretas y sin afectar a la retro reflexión y al resto de elementos de seguridad.
- Habrá nuevas placas para cuadriciclos, para ciclomotores y para vehículos históricos.
- Destrucción de placas: es responsabilidad del manipulador asegurar la destrucción, de la placa, salvo o extravío.
- En referencia a esto, sabemos que el manipulador no es quién sustituye la placa. Razón por la cual, podría tener problemas para cumplir esta obligación. Por esto, desde el sector se está trabajando en alguna fórmula para acreditar la destrucción de la placa, intentado a su vez, contactar con el Ministerio y la DGT para buscar posibles soluciones.