NUEVA NORMATIVA SOBRE LA OBLIGACIÓN DE COBRAR POR BOLSAS DE PLÁSTICO

El pasado 19 de mayo de 2018, se publicó en el BOE el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores (cuya aprobación por el Consejo de Ministros llevaba suspendida desde comienzos de año).

Las principales novedades que introduce esta norma son las siguientes:

A) A partir de 1 de julio de 2018, se deben cobrar todas las bolsas de plástico que se entreguen a los consumidores, salvo:

– Las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario), y

– Las bolsas gruesas que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%.

El precio de las bolsas de plástico será el siguiente en función de su espesor:

– Bolsas de espesor inferior a 15 micras: 5 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor comprendido entre las 15 y las 49 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor igual o superior a las 50 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%: 10 céntimos de euros/ bolsa.

Estos precios de las bolsas deberán ser informados a los consumidores en un lugar visible e incluyendo una expresa referencia al cumplimiento de las obligaciones de los anteriores apartados.

Se crea un Registro administrativo “de Productores de Productos”, que contendrá una sección de fabricantes de bolsas de plástico, en el deberán inscribirse los fabricantes de bolsas de plástico en un plazo de 3 meses desde el 19 de mayo de 2018, momento en el que deberán proporcionar la información que consta en el Anexo II del Real Decreto.

B) Desde el 1 de enero de 2020:

– Se prohíbe la entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentables.

– Las bolsas de plástico gruesas deberán contener, al menos, un 50% de plástico reciclado.

C) Y desde el 1 de enero de 2021, quedarán totalmente prohibidas las entregas a los consumidores de las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras (exceptuando las bolsas compostables).

ANCERA está a su disposición para todo aquello que estime oportuno.

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