La Secretaria de Estado de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial del Estado las medidas de obligado cumplimiento que afectan a los municipios con más de 500 casos por cada 100.000 habitantes y que tienen especial incidencia en la Comunidad de Madrid.
¿A quién afectará?
A los municipios con más de 500 casos por 100.000 habitantes en 14 días
¿Qué hay que cumplir?
- NO se podrá salir/entrar de estos municipios (500 casos por cada 100.000 habitantes) SALVO para:
- Cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales. En nuestro caso, podemos entrar/salir para trabajar, distribuir recambiosSon los productos que deben instalarse en un vehículo para sustituir a sus piezas originales, incluidos los productos necesarios para el uso del vehículo, a excepción del combustible., visitar clientes, etc. Os recordamos que un consumidor no debería salir de su municipio, pero puede pasar que tenga que reparar su coche y no tenga el taller adecuado en su municipio. Debe justificarlo y tener cita previa para entrar/salir de una zona confinada para ir a un taller.
- Ir a establecimientos sanitarios
- Ir a centros educativos
- Volver a tu vivienda habitual
- Cuidar a mayores, menores, personas dependientes o vulnerables
- Ir a entidades financieras y de seguros (tramites no aplazables)
- Actuaciones requeridas o urgentes de órganos públicos, judiciales o notariales
- Renovación de permisos o documentaciones oficiales así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realizar exámenes o pruebas oficiales
- Causa de fuerza mayor o necesidad.
- Se podrá circular por las carreteras que atraviesen esos municipios (sin bajarse del vehículoAparato apto para circular por las vías o terrenos a los que se refiere Ley Sobre Tráfico Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial.).
- Si se vive en un municipio confinado, nos podremos mover dentro de éste con las medidas de protección dictadas.
- Los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrán un aforo máximo del 50% (no se podrá cerrar más tarde de las 22 horas)
Desde Ancera podréis tener acceso al documento que os permite justificar vuestro paso o presencia en estos municipios. Bajadlo a vuestro ordenador, tableta o móvil y rellenadlo.